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INCLUSIÓN COMUNITARIA EN DISCAPACIDADES

Leer sobre Interprete de señas

Pérez, (2016) en relación con este término:

Se refiere al profesional que interpreta y traduce la información de la lengua de signos a la lengua oral y escrita y viceversa, con el fin de asegurar la comunicación entre las personas sordas, con discapacidades auditivas y sordo-ciegas, que sean usuarias de esta lengua, y su entorno social.[1] (p. 25)

Desde un modelo social se entiende que son profesionales que interpretan y traducen la información para asegurar la comunicación de las personas en situación de discapacidad auditiva, en pro de inclusión y garantizando sus derechos.

Así mismo National Deaf Center on Postsecondary, (2019):

Menciona que el intérprete de señas facilita la comunicación entre personas sordas y oyentes efectivamente (…) requieren un alto nivel de fluidez en dos o más idiomas, excelente habilidad para enfocarse en lo que se dice, amplio conocimiento del mundo y un comportamiento ético y profesional. Los intérpretes no pueden interpretar lo que no entienden.[2] (p. 1)

Con un modelo social el intérprete de señas da garantía al acceso a la comunicación de forma inclusiva adquiere habilidades para facilitar la comunicación entre las personas en situación de discapacidad y su entorno.

Una última conceptualización es la Mendoza, (2010):

Establece que un intérprete de señas es aquel profesional competente en la o las lenguas de signos y las lenguas orales de un entorno, capaz de interpretar los mensajes emitidos en una de esas lenguas a su equivalencia en otra de forma eficaz (…) su función es la de eliminar las barreras de comunicación con las que se encuentran tanto las personas sordas como las oyentes, que compartan códigos de comunicación diferentes. Facilitar a las personas sordas el acceso a la información en LS, como lengua propia de su comunidad. Favorecer la independencia de la persona sorda, usuaria de la LS, para tomar sus propias decisiones, ayudándola a disponer de la información necesaria para formar un criterio. Reconocer el derecho de acceder a la información y a la comunicación, tanto de la persona sorda usuaria de la LS, como de la persona competente en LS.[3] (p. 2, 3)

Desde un modelo social el profesional especializado en lengua de signos y orales permite garantizar el derecho a acceder a la información permitiendo la comunicación entre las personas en situación de discapacidad auditiva y su entorno.

Al abordar el término “interprete de señas”, han de considerarse los siguientes aspectos coincidentes:

  1. Profesional que interpreta y traduce la información de la lengua de signos a la lengua oral y escrita y viceversa.
  2. Permiten la comunicación entre las personas en situación de discapacidad auditiva y su entorno.
  3. Reconocer el derecho de acceder a la información y a la comunicación.

[1] Pérez, I. C. (2016). El papel del intérprete de Lengua de Signos Española para la comunidad.https://repositorio.comillas.edu/rest/bitstreams/32859/retrieve

[2] National Deaf Center on Postsecondary. (2019). Intérpretes de lengua de señas https://www.nationaldeafcenter.org/sites/default/files/Sign%20Language%20Interpreters_%20An%20Introduction%20(ESPANOL).pdf

[3] Mendoza, R. M. (2010). Figura del Intérprete de Lenguaje de signos en educación. https://www.feandalucia.ccoo.es/docu/p5sd7181.pdf

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