En primer lugar, Martínez (2013, p. 8), menciona que:
El concepto de inclusión hace hincapié en la necesidad de que el entorno realice los ajustes necesarios para asimilar a la persona con discapacidad, mediante el cambio y la rehabilitación del sistema social, con el objetivo de lograr acomodar a estas personas teniendo en cuenta sus derechos humanos, sociales y civiles.[1]
Es decir que, aunque los derechos sean innegables para todas y para todos, considerando el paradigma social, existen cambios que deberán realizarse para garantizar que las personas en situación de discapacidad formen parte óptimamente de la sociedad en la que se desenvuelvan.
Otro aporte, otorgado por la Camilloni (2008, p. 7), señala lo siguiente:
La inclusión es vista como un proceso de dirección y respuesta a la diversidad de necesidades de todos los aprendices a través de la participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades y la reducción de la exclusión en y desde la educación. Implica cambios y modificaciones en contenido, enfoques, estructuras y estrategias, con la visión común que cubre a todos los niños de un rango apropiado de edad y la convicción de que es responsabilidad del sistema regular educar a todos los niños.[2] (UNESCO, 2003)
Siendo el enfoque social el que refiere este término, se determina como meta establecida el responder ante la diversidad en áreas psicológicas, sociales y biológicas que componen a las personas y que, aunque las diferencias de unas con otras, debe garantizarse el bienestar y la dignificación de la vida por igual.
Una última conceptualización, viene dada por el Gobierno de España (2016, p. 37):
El proceso de mejora sistemático del sistema y las instituciones educativas para tratar de eliminar las barreras de distinto tipo que limitan la presencia, el aprendizaje y la participación del alumnado en la vida de los centros donde son escolarizados, con particular atención a aquellos más vulnerables.[3] (Ainscow y Booth, 1998)
Es así que, desde un enfoque social, se pretende un cambio que en cuanto a la cuestiones que retrasen, detengan o no permitan la participación o el buen aprendizaje del ser humano, se aplique una mejora que permita cumplir y satisfacer los derechos sociales, dirigiendo su mirada a los grupos vulnerables que además tengan necesidades exclusivas e individuales.
En base a los aportes teóricos analizados, al abordar el término “inclusión”, han de considerarse los siguientes aspectos coincidentes:
- Proceso de mejora que brinda respuestas a los individuos ajustándose a sus necesidades.
- Toma en cuenta factores biopsicosociales.
- Trata de eliminar barreras que limiten el aprendizaje y la participación.
[1] Martínez, B. (2013). Pobreza, discapacidad y derechos humanos. Revista Española de Discapacidad. Researchgate. https://www.researchgate.net/publication/269750562_Pobreza_discapacidad_y_derechos_humanos
[2] Camilloni, A. (2008). El concepto de inclusión educativa: definición y redefinición. Políticas educativas. https://www.seer.ufrgs.br/Poled/article/view/18347/10802
[3] Gobierno de España (2016) Educación Especial e Inclusión Educativa. UNESCO. http://www.unesco.org/new/fileadmin/MULTIMEDIA/FIELD/Santiago/pdf/XI-XII-jornadas-de-Cooperacion.pdf